El Sistema Integrado de Carreras y Remuneraciones (S.I.R.) rige para todos los funcionarios previstos en los arts. D.62 y D.63.
Digesto
R.342.1
Cuando los funcionarios necesiten con urgencia licencia extraordinaria por motivos no previstos en el artículo D.
R.245.7
Deméritos aplicables.
A los efectos de los puntajes a descontar como deméritos se considerarán los definidos como tales en el Artículo R.239 del presente Volumen.
R.243.6
Requisitos obligatorios eliminatorios. Son requisitos obligatorios para todos los concursos:
R.241
Objeto de los concursos. Los Concursos Internos permitirán definir las situaciones previstas: en el Ascenso de Estructura; en el ingreso a la base de las Carreras de los Escalafones; o en aquellas que a criterio de la Administración se requiera dirimir el mejor derecho entre func
R.238.38
El incumplimiento en forma y plazo de las obligaciones previstas en este capítulo para los miembros de los tribunales, constituirá una omisión grave y será pasible de la instrucción del sumario administrativo correspondiente.
R.238.22
Los Tribunales deberán sesionar con la totalidad de sus miembros, trabajarán con el sistema de votación, tomándose las decisiones por el sistema de mayoría simple.
R.237.1
La evaluación de desempeño se ajustará a la siguiente escala:
   INSUFICIENTE   : menor a 30 puntos.   
REGULAR     : mayor o igual a 30 y menor a 50 puntos.    
NORMAL – BUENO  : mayor o igual a 50 y menor a 75 puntos.  
R.234.2
Dichos Tribunales se integrarán con tres miembros titulares y doble número de suplentes, los que serán desigandos antes del 1º de agosto de cada año de la siguiente forma:
a) El Presidente y sus dos suplentes serán designados por el Director General del Departamento respectivo.
R.234.1
Tales Tribunales tendrán por cometido: 
a) Realizar las Calificaciones de Méritos de los funcionarios que correspondan a su respectivo ámbito.
b) Sustanciar las observaciones que presenten los funcionarios contra la calificación otorgada.
