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Digesto

D.223.63

Área de Promoción. Un Área de Promoción estará constituída por una unidad territorial objeto de intervenciones urbanas prioritarias, cuyo desarrollo tendrá proyecciones en todo el territorio.

D.223.377

Se establecen los siguientes parámetros para determinar el grado de compatibilidad de una actividad respecto al uso preferente del suelo.
a) Aspectos biofísicos.
b) Alcance.
c) Accesibilidad y conectividad.
d) Interferencia con el entorno inmediato.

D.223.54

Los Planes Zonales contendrán las siguientes determinaciones:

A) Objetivos de su redacción, expresando su carácter complementario del Plan de Ordenamiento Territorial.

B) Relaciones e incidencias con el Plan de Ordenamiento Territorial.

D.223.16

Contenido. Integran las Estructuras y Sistemas Territoriales, como elementos determinantes del Modelo Territorial del presente Plan:

D.223.298

Zonas con Énfasis en la Preservación. Son las correspondientes a los espacios con mayores valores naturales, ecológicos y paisajísticos. En ellas se limitarán estrictamente las transformaciones del medio en cualquier sentido.

D.223.354

Edificios destinados a servicios administrativos.

D.223.334

Barracas de materiales de construcción con acopio a cielo abierto. Quedan comprendidas dentro de este tipo los establecimientos que expendan materiales de construcción incluyendo materiales a granel tales como: arenas, gravas, cales u otros; materiales masivos tales como: bloques

D.223.276

Situaciones especiales.

D.223.277

Edificaciones. Las edificaciones requerirán en todos los casos instalaciones de agua, energía eléctrica mediante conexiones a la red pública o producción propia, red de saneamiento interior y caminería de acceso.

D.223.272.5

Alturas, retiros y FOS. Rige lo establecido en los planos correspondientes.

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