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D.223.354

Edificios destinados a servicios administrativos.

Se establece un sitio de estacionamiento cada 100 metros cuadrados de área útil dedicada a atención al público, oficinas o despachos, en cualquier zona del Departamento, exonerándose de esta exigencia cuando el cálculo de capacidad mínima dé menos de 4 sitios.

Cuando se trate de instituciones financieras (excluidas las casas de cambio) se deberá contar con un sitio de estacionamiento cada 30 metros cuadrados de área útil, exigiéndose en todos los casos, independientemente del cálculo, como mínimo con 4 sitios.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
223.354
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. IV, Libro II, Parte L, Apar. II, Título X, Cap. I, Secc. IV, Art. 223.354
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Fuente: 
art. 11
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
art. D.354
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
art. D.354
Administrativo
Órden: 
A.0004.0000.0000.0000.0000.D.0002.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.C.0002.0000.0000.0000.0000.E.0010.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.G.0004.0000.0000.0000.0000.D.0223.0354.0000.0000.0000
Id: 
IV-D.354