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Digesto

R.1535

Conservación. Las instalaciones libradas al público deberán ser mantenidas permanentemente en perfecto estado de conservación, uso, funcionamiento, seguridad, higiene, salubridad y estética, no siendo óbice para ello el permiso de uso que se hubiere concedido y/o admitido c

R.1513.41

Las puertas no habilitadas para el ingreso de público, en aquellos casos en que se cuente con la autorización a que se refiere el artículo D.2842, no podrán estar trancadas debiendo solamente tener un pasador de fácil corrimiento

R.1513.21

Cuando el Servicio Central de Inspección General autorice una colecta de acuerdo a lo dispuesto por le literal a) del apartado 7 del artículo D.2808, los organizadores estarán obligados al aviso previo a los espectadores de dicha

D.3138

Encima de todas las puertas de salida de la sala, se ubicarán lámparas de seguridad, colocadas en cajas con vidrios que tengan la inscripción en rojo "SALIDA".

D.3136

La fuente de iluminación de seguridad alimentará permanentemente durante la función dos lámparas de aviso colocadas en una caja cerrada provista de un cristal con la inscripción "SEGURIDAD" en rojo, la cual se ubicará en un punto visible del hall de entrada.

D.3121

Todas las lámparas que estén al alcance del público serán protegidas por globos, cristales o canastillos de metal.

D.3102

Los equipos alimentadores de los proyectores se alojarán en una celda cerrada incombustible, destinada únicamente a ese objeto.

D.3078

Al frente y en la parte posterior del tablero general y hasta una distancia de un metro del mismo, se colocará un piso o caminero de material aislante.

D.3026

El Clase encargado del servicio de bomberos profesionales tomará posesión del mismo, como mínimo media hora antes de la señalada para la iniciación del espectáculo y tendrá como obligaciones:

D.2986

El acceso a las cabinas será directo, cómodo e independiente de la parte destinada a los espectadores.

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