El Registro de la Propiedad, Sección Inmobiliaria, no exigirá el control dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 18.840, de 23 de noviembre de 2011, en los siguientes casos:
Digesto
A.324.1
(Excepciones).- No será necesaria la previa inscripción a los efectos de la continuidad del tracto con respecto a los siguientes casos:
R.495.1
Autorizar la aplicación de la siguiente escala de sanciones por incumplimiento en la realización y/o culminación de la Inspección Anual del servicio de taxis, la que se aplicará tomando en cuenta los antecedentes del permiso(*):
A.548.56
A los concurrentes les está prohibida toda demostración o señal de aprobación o reprobación, y el Alcalde o Alcaldesa hará salir de la sala a quienes faltaren a estas disposiciones.
A.548.55
Las sesiones del Concejo Municipal serán públicas salvo resolución en contrario, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 27 del presente Reglamento(*), teniendo derecho a ingresar a la sala, quienes primero se presenten, hasta ocupar todos los lugares dispuestos al efecto.
A.548.54
El Concejo Municipal podrá crear, por mayoría simple, comisiones asesoras a efectos de estudiar asuntos que por su importancia merezcan un tratamiento especial.
A.548.53
Toda vez que un asunto haya sido discutido y votado con arreglo a las disposiciones reglamentarias, se dictará la correspondiente Resolución, la que se comunicará y publicará en la página web del Municipio si correspondiere.
A.548.52
Los proyectos deberán ser presentados con su correspondiente exposición de motivos, rechazándose, por el Alcalde o Alcaldesa, los que no se hallen en esas condiciones.
A.548.51
En la sesión del Concejo Municipal el Alcalde o Alcaldesa dará a conocer, en extracto, los asuntos entrados y sus respectivos destinos.
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