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Digesto

R.1737.6

La falsedad de la información aportada en el Formulario de Denuncia de Vuelco Discontinuo de Efluentes Líquidos o el incumplimiento a cualesquiera de las disposiciones establecidas en la presente reglamentación, se considerarán obstrucciones al procedimiento de fiscalización y control de competen

R.1737.5

La UEI tendrá facultades para inspeccionar en cualquier momento el establecimiento a fin de corroborar la veracidad de la información aportada oportunamente, realizar la correspondiente toma de muestras y colocar los precintos de seguridad en las cámaras de vuelco de efluentes líquidos de los est

R.1737.4

Los titulares de los establecimientos que realicen vuelcos discontinuos de sus efluentes líquidos quedan obligados a instalar en la cámara de vuelco una tapa adaptable con un sistema que permita el sello del vuelco y la colocación de un precinto de seguridad, debiendo ser instalada en un lugar ac

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