El Sistema de Calentamiento Solar deberá disponer de mecanismos o dispositivos para:
Digesto
R.1920
Condiciones de seguridad de los Sistemas de Calentamiento Solar. Las instalaciones de los Sistemas de Calentamiento Solar de Agua deberán cumplir con condiciones de seguridad bajo exclusiva responsabilidad del profesional actuante.
R.1919
Ámbito de aplicación. Las presentes disposiciones sobre instalaciones de Sistemas de Calentamiento Solar de Agua son aplicables a los casos de obra nueva o rehabilitación integral.
A.683.18
Responsabilidad. La Organización Social usuaria del local asume la totalidad de las responsabilidades emergentes de la relación trabada entre ella y los beneficiarios del programa, así como las obligaciones que por la misma pudieran generarse con otros organismos estatales, respe
