Ubicación del portón y del control de acceso vehicular. Independientemente del cerramiento frontal del predio se exigirá que:
a. Los portones de acceso no tengan limitante de altura.
Ubicación del portón y del control de acceso vehicular. Independientemente del cerramiento frontal del predio se exigirá que:
a. Los portones de acceso no tengan limitante de altura.
Seguridad en los accesos vehiculares. Se debe señalizar el acceso vehicular para alertar a los peatones. Se debe instalar:
Accesos.
Senda peatonal frentista a los predios. El emprendimiento debe construir y mantener las sendas peatonales, así como su señalización y elementos de seguridad, para la circulación cómoda y segura de peatones en todos los frentes del predio.
Sobre los recorridos de vehículos de carga. No se autorizan recorridos con vehículos de carga combinados desde el establecimiento hacia destinos en la Subzona de Exclusión Céntrica, Zona A o Zona B vinculados al normal funcionamiento del mismo.
Equivalencias de vehículos.
Vehículo equivalente. Es un factor que permite equiparar las distintas tipologías de vehículos a un valor unificado de unidades de automóviles.
Cada emprendimiento debe contemplar la infraestructura y área necesaria para la totalidad de los vehículos involucrados en su operativa habitual. Esto incluye la flota propia, contratada, tercerizada, de proveedores, clientes y visitantes.
Los emprendimientos deben resolver al interior del propio predio los espacios necesarios para el desarrollo de sus actividades sin generar externalidades en el entorno inmediato o a las vías públicas que lo comunican con el resto del territorio.
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