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Digesto

D.2856.4

Horarios Categoría B.- Los locales pertenecientes a la categoría B podrán desarrollar su actividad hasta la hora 6 a.m.

D.2856.2

Los locales que tengan por destino alguno de los comprendidos en el Art.

D.2856.3

Categorías

A- Salones de fiesta.
A1- Con superficie mayor a 200m2.
A2 - Con superficie menor o igual a 200m2.

D.2856.3

Categorías

A- Salones de fiesta.

 

A1- Con superficie mayor a 200m 2 .

 

A2 - Con superficie menor o igual a 200m 2.

B- Bailes, discotecas, música o espectáculos en vivo

 

R.342.54

En el caso de que el Comité de Recepción o de Evaluación valore que la situación planteada no se encuentra comprendida por la presente reglamentación, la persona interesada podrá presentarse ante un Comité Supervisor a fin de que se revise esta decisión dentro de los 10 (diez) días hábiles siguie

R.342.53

Para la implementación de las medidas de protección será de aplicación la Resolución Nº 4545/21 de 29 de noviembre de 2021 "Medidas Preventivas o de Protección" en lo pertinente.

R.342.52

El egreso del sistema podrá darse por recomendación técnica del Comité de Evaluación, por agotamiento de los plazos, o por la sola voluntad de la persona interesada, debiendo en todos los casos reintegrarse al sistema ordinario de trabajo.

R.342.51

En caso de aplicarse la suspensión del cargo presupuestal o función de contrato, se mantendrá el derecho al Seguro de Salud, Compensación Familiar, Asignación Familiar y al Centro de Educación Inicial, según lo estipulado en la normativa vigente contenida en el Texto Ordenado de Beneficios Funcio

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