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Digesto

R.1709

(Carácter de la aprobación). Toda “Aprobación” de material, aparato o artefacto sanitario a emplearse en las instalaciones sanitarias, será concedida por las autoridades departamentales con carácter precario y revocable.

R.1693

Terminados los trámites sanitarios y devueltos los expedientes a la Sección Administración del Servicio de Mantenimiento de Obras Civiles, esta formulará las cuentas definitivas que serán enviadas mensualmente al Servicio de Pavimento y Saneamiento para su cobro.

R.1678

Al solo efecto de la inscripción por primera vez, de un título de dominio en el Registro de Traslaciones de Dominio, para un piso o apartamento comprendido en las disposiciones de la Ley Nº 10.751, se aprobará en forma condicio

R.1667

Los certificados referentes al buen funcionamiento de las instalaciones (ascensor, calefacción, ventilación mecánica y alumbrado de seguridad si correspondiera) serán expedidos, a solicitud de parte interesada y en gestiones por separado, por el Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas.

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