Digesto
R.1709
(Carácter de la aprobación). Toda “Aprobación” de material, aparato o artefacto sanitario a emplearse en las instalaciones sanitarias, será concedida por las autoridades departamentales con carácter precario y revocable.
R.1693
Terminados los trámites sanitarios y devueltos los expedientes a la Sección Administración del Servicio de Mantenimiento de Obras Civiles, esta formulará las cuentas definitivas que serán enviadas mensualmente al Servicio de Pavimento y Saneamiento para su cobro.
R.1678
Al solo efecto de la inscripción por primera vez, de un título de dominio en el Registro de Traslaciones de Dominio, para un piso o apartamento comprendido en las disposiciones de la Ley Nº 10.751, se aprobará en forma condicio
R.1667
Los certificados referentes al buen funcionamiento de las instalaciones (ascensor, calefacción, ventilación mecánica y alumbrado de seguridad si correspondiera) serán expedidos, a solicitud de parte interesada y en gestiones por separado, por el Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas.
