Salidas de sectores. Cada sector contará con pasillos o escaleras de salidas en números proporcionales con el público que sirven, conduciéndolo a los pasajes generales de salida con el mínimo de recorrido.
Digesto
R.1768
Intervención de la Autoridad Departamental. La autoridad departamental intervendrá, con la amplitud que se requiera, a fin de asegurar el cumplimiento de las presentes disposiciones, a cuyos efectos podrá disponer, previa comunicación al árbitro del partido, la suspensión momentá
R.1756
Los elementos utilizados (sorbentes, vasos, servilletas, etc.) deberán ser arrojados en "depósitos recipientes" con tapa movible e instalados en el "quiosco" al alcance del público, con letreros indicadores del uso obligado de los mismos por disposición de la Intendencia.
R.1719
Las cañerías subterráneas de desagüe se deberán colocar en los patios, zaguanes, corredores o lugares abiertos de los edificios o en el exterior de los mismos. Sólo cuando no sea posible adoptar esta disposición se permitirá establecerlas bajo las habitaciones.
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