Digesto
R.1805
Servicios higiénicos para jugadores y jueces. Por lo menos existirá un local para cada equipo de jugadores y uno para árbitros y jueces, cuyos artefactos sanitarios guardarán la siguiente necesidad, disposición y proporción mínima:
R.1798
Puertas exteriores e interiores.
R.1779
Incumplimiento de los profesionales técnicos. Las certificaciones técnicas que se le requieran a las entidades deberán ser presentadas ante la repartición de la Intendencia, avaladas por la firma del profesional respectivo.
R.1764
Definición. Se denomina estadio o campo deportivo a los lugares públicos cerrados, cubiertos o descubiertos, dotados de plateas, tribunas, taludes, etc., destinados al espectáculo y la práctica de fútbol, básquetbol, voleibol, box, etc.
R.1734
Autorización de desagües Industriales. En el momento oportuno, el interesado solicitará a la Unidad de Control de Desagües Industriales la inspección de las obras de tratamiento de aguas ejecutadas y si las mismas se encontraran en condiciones de ser habilitadas, se expedirá la &
R.1697
(Ductos en edificios colectivos). Los ductos en edificios colectivos en los que se prevean colocar cañerías de desagües deberán cumplir con las siguientes características:
1. Ductos verticales de ventilación con cañerías
R.1664
Corresponderá al Departamento de Planeamiento Urbano el proponer, previo los informes, constataciones y asesoramiento complementarios que estimare del caso, la pertinente resolución.
