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Digesto

D.1762.19

Las tapas metálicas de los envases que contengan encurtidos, pickles, mostazas u otros productos adicionados de vinagres, deberán aislarse del contenido por medio de una capa de material inatacable.

D.1762.18

La materia prima empleada para elaborar vinagre de frutas debe ser apta y no se permite utilizar los desechos de frutas, tales como cáscaras y centros, procedentes de la elaboración de otros productos.

D.1762.16

El vinagre de vino deberá cumplir las siguientes exigencias o condiciones:
a) presentarse límpido con el sabor y el color propios -no acre- sin sedimentos ni anguílulas, vegetaciones criptogámicas ni cualquier otra alteración visible;

D.1762.15

En la rotulación de los vinagres se deberá establecer con letra bien visible la acidez del producto (en % de ácido acético).

D.1762.12

Se declaran ineptos para el consumo los vinagres:
a) que contengan ácidos minerales u orgánicos libres agregados;
b) que contengan materias colorantes salvo los tipos autorizados expresamente en este capítulo;

D.1762.11

Se prohibe:
a) elaborar vinagre con materias primas ineptas para el consumo, con vinos y sidras no genuinas o con vinos o sidras sobrantes de casas de comidas, restaurantes, cantinas, despachos de bebidas y otros;

D.1762.10

En la elaboración de vinagres se permitirá los siguientes tratamientos:

D.1762.1

Se reconoce los vinagres no vínicos, obtenidos por fermentación acética de otras materias primas, a saber: alcohol, azúcares, miel, sidra, cerveza, cereales y otros.

D.1761.7

Albahaca. Son las hojas sanas, limpias, frescas o desecadas del Ocymun basilicum L. (variedad grande) y Ocymun minimun L. (variedad pequeña).

D.1761.69

Se admite en la composición del curry:
Humedad     máx. 10%
Almidones    máx. 10%
Sal                 máx. 5%

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