Se clasifica como arroz fuera de norma el arroz elaborado y los fragmentos de granos de arroz que no atiendan las exigencias contenidas en los artículos precedentes.
Digesto
D.1737.40
Se aplica al arroz brilloso, glucosado, aceitado y otros resultantes de procesos análogos los mismos límites máximos de tolerancia de defectos/grado, especificados para el arroz pulido.
D.1737.3
Arroz cáscara, paddy o natural. Es el producto fisiológicamente desarrollado, madura, que conserva las glumelas (cáscara) luego de cosechado.
D.1737.38
Los límites de tolerancia admitidos para cada defecto general en el arroz pulido integral, considerado aisladamente son:
Manchados y picados máx. 12%
D.1737.34
Los límites de tolerancia admitidos para cada defecto general en el arroz integral, considerado aisladamente son:
D.1737.33
El arroz parboiled se clasifica en los siguientes grados, de acuerdo al límite máximo de tolerancia de defectos/grado, expresado en porcentaje en peso.
D.1737.32
Los límites de tolerancia admitidos para cada defecto general en el arroz integral, considerado aisladamente son:
D.1737.31
El arroz integral se clasifica en los siguientes grados, de acuerdo al límite máximo de tolerancia de defectos/grado, expresado en porcentaje en peso:
D.1737.30
Para la definición del grado del arroz serán considerados los límites máximos de tolerancia de defectos/grado del producto, que están establecidos para los diferentes productos, según los siguientes criterios de clasificación:
D.1737.29
Se podrá convenir en operaciones de comercio internacional la comercialización de mercadería de calidad inferior a los límites fijados por esta norma con autorización de las autoridades pertinentes.
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