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Digesto
R.1298.22
(Compromiso de las empresas contratantes con esta Intendencia).
R.1298.21
(Rol de la persona que reporta en el proceso). En caso de que se deban realizar comunicaciones, estas deberán tener presente que es un principio fundamental en situaciones de violencia la no revictimización.
R.1298.20
(Actuación ante reporte de situaciones donde no se identifica a quien acosa). En caso que no pueda identificarse a la persona que acosa, deberá procederse dentro de lo establecido en el artículo 6° inciso 2 de la presente reglamentación.
