Totid
A.164.2.4
Para obtener el beneficio la División Tránsito y Transporte de la Intendencia de Montevideo deberá exigir el cumplimiento de los siguientes requisitos:
A.164.2.3
La exoneración se aplicará:
A) en los casos previstos en el literal A) del artículo 164.2.2, en todas las categorías de Licencias de Conducir en la primer solicitud de Licencia de cada categoría y por única vez, y
A.164.2.2
Facultar a la Intendencia de Montevideo a exonerar del pago de la tasa de expedición de licencias de conducir, a aquellas personas que:
A.601.21.1
EXONERACIÓN PRIMERA CONEXIÓN RED DE SANEAMIENTO. La División Saneamiento ejecutará sin costo la primera conexión solicitada para cada predio, por cuyo frente exista colector público de saneamiento, en caso de mediar autorización técnica para ello, en un diámetro igual a 160 mm.
A.431.13.1
Exonerar a los permisarios del servicio de transporte de esolares del pago del 100% del tributo de Patente de Rodados correspondiente al año 2021, respecto de los vehículos afectados al cumplimiento de dicho servicio en la forma que se indica en el artículo 2º del referido decreto.
D.431.13.1
Exonerar a los permisarios del servicio de transporte de esolares del pago del 100% del tributo de Patente de Rodados correspondiente al año 2021, respecto de los vehículos afectados al cumplimiento de dicho servicio en la forma que se indica en el artículo 2º del referido decreto
