Back to top

A.105

en Totid

Habrá de comunicarse al Ministerio de Relaciones Exteriores la necesidad que los titulares de exoneraciones del artículo 23 de la Convención de Viena(*) pongan en conocimiento de la Intendencia, las mutaciones y modificaciones de la situación dominial que afectan los bienes de su propiedad alcanzados por el beneficio fiscal.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
105
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. TOTID, Título II, Cap. IV, Acáp. II, Art. 105
Notas: 

(*) Ver artículo 104 del TOTID.

Fuentes
Fuente: 
num. 2
Administrativo
Órden: 
A.EEEE.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0004.0000.0000.0000.0000.J.0002.0000.0000.0000.0000.A.0105.0000.0000.0000.0000
Id: 
XXI-A.105