La necesidad de funcionarios/as presupuestados o contratados/as que establece el artículo A.131.27, deberá realizarse a propuesta del Consejo Artístico y de la Dirección General y Artística de la Comedia Nacional, en base a la planificación semestral, en ejercicio de los cometidos establecidos en la Resolución Nº 5074/06 de fecha 29 de noviembre de 2006, la que deberá elevarse a la Dirección General del Departamento de Cultura, para su aprobación y su posterior envío al Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales, para el dictado de la Resolución por parte de el/la Intendente/a.