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A.131.27.1

en Tobefu

La necesidad de funcionarios/as presupuestados o contratados/as que establece el artículo A.131.27, deberá realizarse a propuesta del Consejo Artístico y de la Dirección General y Artística de la Comedia Nacional, en base a la planificación semestral, en ejercicio de los cometidos establecidos en la Resolución Nº 5074/06 de fecha 29 de noviembre de 2006, la que deberá elevarse a la Dirección General del Departamento de Cultura, para su aprobación y su posterior envío al Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales, para el dictado de la Resolución por parte de el/la Intendente/a.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
131.27.1
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
art. 4º de la reglamentación.
Administrativo
Órden: 
A.0020.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0021.0000.0000.0000.0000.A.0131.0027.0001.0000.0000