La percepción de los aludidos honorarios se documentará mediante comprobantes en los que constarán los siguientes datos:
a) autos en que se originaron, con especificación del Juzgado o Tribunal, nombre del demandado y número de ficha del respectivo expediente;
b) fecha de pago y monto de los honorarios;
c) nombre del apoderado y abogados actuantes;
d) fórmula y número de recibo donde conste el pago de la deuda que motivó el juicio.
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