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A.237

en Totid

Por la solicitud de excepciones y/o tolerancias de obras ejecutadas que se gestione ante las distintas secciones de la Administración se abonará, según la autoridad que deba disponerlas, los siguientes importes:

a) Director de Unidad o de Servicio 4.684 UI
b) Director de División 9.369 UI
c) Director de Departamento 14.052 UI
d) Intendenta/e 18.737 UI
e) Junta Departamental 23.421 UI

Iguales importes se deberán abonar por las solicitudes de revisión simple o calificada. Facultar a la Intendencia de Montevideo a establecer una escala de reducciones de los presentes importes, de acuerdo a la entidad relativa de las excepciones, tolerancias y/o revisiones.

Asimismo, se tendrán en cuenta los casos en que las solicitudes se refieran a la vivienda única y permanente de familias con ingresos totales por debajo de tres salarios mínimos nacionales.

 

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
237
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. TOTIDVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título V.I, Cap. II, Secc. VIII, Art. 237
Fuentes
Fuente: 
art. 35
Observaciones: 
Suprime inciso final
Fuente: 
art. 13
Fuente: 
art. 31
Observaciones: 
Modifica artículo 59 del Dto.JDM 26.949 en la redacción dada por art. 64 del Dto.JDM 29.494.
Fuente: 
art. 64
Observaciones: 
Agrega inciso al artìculo 59 del Dto 26.949.
Fuente: 
art. 59
Administrativo
Órden: 
A.EEEE.0000.0000.0000.0000.E.0005.0001.0000.0000.0000.F.0002.0000.0000.0000.0000.G.0008.0000.0000.0000.0000.A.0237.0000.0000.0000.0000
Id: 
XXI-A.237