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A.343

en Totid

(Plazos de pago de los contribuyentes de la Tasa Bromatológica). Modifícase el Artículo 3º del Decreto Nº 21.963 el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 3º. Los plazos de pago de los contribuyentes de la Tasa Bromatológica los fijará directamente el Intendente o en su defecto la jerarquía en quien delegue para tomar dicha decisión, con la facultad de modificar los mismos cuando las circunstancias lo ameriten.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
343
Estado
Estado: 
Derogado
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. TOTIDVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título VIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. I, Secc. V, Art. 343
Fuentes
Fuente: 
art. 30
Observaciones: 
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Fuente: 
art. 3
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.EEEE.0000.0000.0000.0000.E.0007.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.G.0005.0000.0000.0000.0000.A.0343.0000.0000.0000.0000
Id: 
XXI-A.343