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A.393.23

en Totid

Los Servicios de Ingresos Comerciales y Vehiculares y de Convivencia Departamental, no autorizarán el espectáculo público ni la venta de entradas cuando dicha venta se realice por medio de una ticketera no inscripta.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
393.23
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. TOTID, Título VII, Cap. I, Secc. VII, Grupo I, Art. 393.23
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
art. 6º de la reglamentación.
Administrativo
Órden: 
A.EEEE.0000.0000.0000.0000.E.0007.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.G.0007.0000.0000.0000.0000.I.0001.0000.0000.0000.0000.A.0393.0023.0000.0000.0000