Autorízase a la Intendencia a disponer de una partida anual de N$ 12.000.000 (nuevos pesos doce millones) a efectos de compensar la labor de los funcionarios que se desempeñan en las Oficinas de Personal Delegadas, creadas por el art. 138 del Decreto No. 23.229 del 30 de octubre de 1988. Dicha partida se ajustará de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto No. 24.622.
Notas:
Ver art. 42 y 48 y ss.