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A.431.14

en Totid

Facultar a la Intendencia de Montevideo a exonerar de pago del tributo Patente de Rodados a los vehículos Categoría “C” de hasta 100cc. que se empadronen 0km en el departamento de Montevideo a partir del 1º de enero de 2024.

La exoneración que se otorgue se podrá renovar en forma bianual a solicitud de la/el interesada/o, siempre que dentro de los 60 días previos a su vencimiento el vehículo sea presentado ante el Servicio de Contralor y Registro de Vehículos de la Intendencia de Montevideo, a efectos de controlar que se encuentra en condiciones reglamentarias de circulación.

En caso de omitir la realización del referido control no se podrá acceder a la renovación de la exoneración, y se deberá abonar Patente de Rodados de acuerdo a lo previsto en el artículo anterior.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
431.14
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. TOTIDVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título VIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. II, Secc. I, Grupo II, Art. 431.14
Fuentes
Fuente: 
art. 27
Administrativo
Órden: 
A.EEEE.0000.0000.0000.0000.E.0007.0000.0000.0000.0000.F.0002.0000.0000.0000.0000.G.0001.0000.0000.0000.0000.I.0002.0000.0000.0000.0000.A.0431.0014.0000.0000.0000