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A.46

en Tobefu

Las compensaciones especiales creadas por el art. 2º numerales 49 y 51 del Decreto No. 24.754 y 50 del Decreto No. 25.226 cuyos beneficiarios son respectivamente los funcionarios pertenecientes a las Oficinas de Personal Delegadas, de la Sección Retribuciones Personales de la Contaduría General y de la División Planeamiento Presupuestal, se liquidarán dentro de las partidas fijas a tal efecto, atendiendo a los siguientes tres niveles de tareas:
a) Encargados que percibirán un monto mensual de $1.560;
b) Sub-encargados, que percibirán un monto mensual de $1.456,
c) Funcionarios con tareas comunes, que percibirán un monto mensual de $1.040.
Estas cifras están expresadas a valores del 1º de abril de 1996.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
46
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Fuentes
Fuente: 
art. 63
Fuente: 
art. 63
Observaciones: 
Modifica lits. a), b) y c).
Fuente: 
art. 72
Observaciones: 
Modifica lits. a), b) y c).
Fuente: 
art. 58
Fuente: 
art. 50
Fuente: 
art. 2
Observaciones: 
numerales 49 y 51
Fuente: 
art. 50
Fuente: 
art. 131
Administrativo
Órden: 
A.0020.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0004.0000.0000.0000.0000.I.0004.0000.0000.0000.0000.A.0046.0000.0000.0000.0000
Id: 
XX-A.46