No están comprendidos en las disposiciones establecidas en el artículo 11(*) los estacionamientos a cielo abierto habilitados por la Intendencia Municipal de Montevideo.
Notas:
(*) Ver artículo 510 del TOTID.
No están comprendidos en las disposiciones establecidas en el artículo 11(*) los estacionamientos a cielo abierto habilitados por la Intendencia Municipal de Montevideo.
(*) Ver artículo 510 del TOTID.
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