Tratándose de inmuebles baldíos, la percepción de la Tasa General Municipal y de la Tasa de Saneamiento se efectuará conjunta y simultáneamente con el impuesto de la Contribución Inmobiliaria.
Tratándose de inmuebles baldíos, la percepción de la Tasa General Municipal y de la Tasa de Saneamiento se efectuará conjunta y simultáneamente con el impuesto de la Contribución Inmobiliaria.
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