(Inmueble afectado por Contribución de Mejoras se libra al uso público). Si un contribuyente libra al uso público parte de su inmueble afectado por Contribuciones de Mejoras, subsiste para dicho contribuyente la obligación tributaria por el frente y área originarios. No se aprobarán fraccionamientos, aperturas de calle y espacios libres, sin que previamente se compruebe que el contribuyente ha abonado la contribución por las obras correspondientes a dichos frentes y áreas que se libran al uso público.