(Sujeto pasivo). El monto determinado por el procedimiento establecido en el artículo 95 para las obras de saneamiento será exigible a los propietarios o poseedores de los inmuebles beneficiados una vez que las mismas estén habilitadas.
(Sujeto pasivo). El monto determinado por el procedimiento establecido en el artículo 95 para las obras de saneamiento será exigible a los propietarios o poseedores de los inmuebles beneficiados una vez que las mismas estén habilitadas.
© copyright 2016 | Intendencia de Montevideo | Todos los derechos reservados