Los inmuebles situados en límites de cuenca contribuirán al costo de la obra en función de la longitud de su frente y la parte de superficie comprendida dentro de la cuenca saneada hasta una distancia de cuarenta (40) metros.
Cuando un inmueble tuviera dos o más frentes situados en el interior de la zona saneada y se construya colector por uno de sus frentes, será formulada la cuenta correspondiente, sumando la totalidad de sus frentes a la vía pública.
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