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A.632

en Totid

(Excepciones o tolerancias de obras ejecutadas que se gestionen ante las distintas secciones de la Administración). Por la solicitud de excepciones y/o tolerancias de obras ejecutadas que se gestione ante las distintas secciones de la Administración se abonará, según la autoridad que deba disponerlas, los siguientes importes:
a) Director de Unidad o de Servicio 4.684 UI
b) Director de División 9.369 UI
c) Director de Departamento 14.052 UI
d) Intendenta/e 18.737 UI
e) Junta Departamental 23.421 UI
La obtención de la tolerancia no exime del impuesto a la edificación inapropiada.
Iguales importes se deberán abonar por las solicitudes de revisión simple o calificada.
Facultar a la Intendencia de Montevideo a establecer una escala de reducciones de los presentes importes, de acuerdo a la entidad relativa de las excepciones, tolerancias y/o revisiones.
Asimismo se tendrán en cuenta los casos en que las solicitudes se refieran a la vivienda única y permanente de familias con ingresos totales por debajo de tres salarios mínimos nacionales

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
632
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. TOTID, Título IX, Cap. I, Secc. VII, Art. 632
Fuentes
Fuente: 
art. 35
Fuente: 
art. 13
Fuente: 
art. 31
Observaciones: 
Modifica artìculo 59 del Dto.JDM 26.949 en la redacción dada por art. 64 del Dto.JDM 29.494.
Fuente: 
art. 64
Observaciones: 
Agrega inciso al artìculo 59 del Dto 26.949.
Fuente: 
art. 59
Administrativo
Órden: 
A.EEEE.0000.0000.0000.0000.E.0009.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.G.0007.0000.0000.0000.0000.A.0632.0000.0000.0000.0000
Id: 
XXI-A.632