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A.82

en Totid

Derógase a partir del 1º de enero de 1991 todas las exoneraciones otorgadas respecto de cualesquiera tributos departamentales (impuestos, tasas y contribuciones de mejora) por Leyes Nacionales o Decretos Departamentales a favor del Estado (Administración Central), de los Entes Autónomos o de los Servicios Descentralizados.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
82
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. TOTID, Título II, Cap. II, Acáp. II, Art. 82
Fuentes
Fuente: 
art. 13
Administrativo
Órden: 
A.EEEE.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0002.0000.0000.0000.0000.J.0002.0000.0000.0000.0000.A.0082.0000.0000.0000.0000
Id: 
XXI-A.82