El ingreso a la Administración para ocupar cargos de presupuesto en los Escalafones Obrero, Administrativo, Especialista Profesional, Cultural y Educativo y Profesional y Científico, se hará conforme a los procedimientos establecidos por el artículo D.30.
En los escalafones Cultural y Educativo y Profesional y Científico estos ingresos se realizarán en la forma prevista en los artículos D.83.1 y D.83.2 a través de concursos abiertos de oposición y méritos.
Los ingresos a todos los escalafones se realizarán por el nivel de carrera más bajo del Subescalafón y Carrera respectiva, no siendo de aplicación lo previsto en los artículos D.82 y D.86.3, literales b) y c) los que se aplicarán únicamente para los funcionarios de la Intendencia.
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