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R.939

Vigencia del permiso. El permiso de instalación de la central tendrá carácter precario y revocable. El término y vigencia del permiso será el de ejecución de las obras según contrato. En caso de disponerse ampliación del mismo será prorrogada la vigencia del permiso en el plazo previsto para el cumplimiento de dicha ampliación.
Si el contratista no cumple con algunas de las disposiciones establecidas en este Título el Director de las Obras del Contrato lo intimará por escrito a disponer lo necesario para ajustarse al mismo en un plazo no mayor de diez días.
Si vencido ese plazo el contratista no acatara la orden intimada, caducará automáticamente, el permiso, debiendo aquél retirar la central en el término de diez días perentorios y dejar el predio en las condiciones previstas en los artículos R.943 y R.944.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
939
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. VIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte RVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. UNICO, Art. 939
Fuentes
Fuente: 
num. 3
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0007.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0003.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.R.0939.0000.0000.0000.0000
Id: 
VII-R.939