Back to top

R.160

El ingreso a la Administración para ocupar cargos de presupuesto en los Escalafones Obrero, Administrativo, Especialista Profesional, Cultural y Educativo y Profesional y Científico, se hará conforme a los procedimientos establecidos por el artículo D.30.
En los escalafones Cultural y Educativo y Profesional y Científico estos ingresos se realizarán en la forma prevista en los artículos D.83.1 y D.83.2 a través de concursos abiertos de oposición y méritos.
Los ingresos a todos los escalafones se realizarán por el nivel de carrera más bajo del Subescalafón y Carrera respectiva, no siendo de aplicación lo previsto en los artículos D.82 y D.86.3, literales b) y c) los que se aplicarán únicamente para los funcionarios de la Intendencia.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
160
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. IIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro IIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte IVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título ÚnicoVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. I, Secc. I, Art. 160
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
R.226.5
Administrativo
Órden: 
A.0003.0000.0000.0000.0000.D.0003.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.EEEE.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.G.0001.0000.0000.0000.0000.R.0160.0000.0000.0000.0000