Los derechos por ocupación de aceras y calzadas a que refiere el artículo D. 2346.3 se calcularán de la siguiente forma:
a) por la instalación de mesas y sillas sobre la acera sin entarimados, se abonará mensualmente por metro cuadrado de ocupación la suma de 0.5 U.R.
b) Por la instalación de mesas y sillas sobre entarimados en la acera, se abonará mensualmente por metro cuadrado de ocupación la suma de 0.75 U.R.
c) Por la instalación de mesas y sillas sobre entarimados en la calzada, se abonará mensualmente por metro cuadrado de ocupación la suma de 1.00 U.R.
Durante el período comprendido entre los meses de mayo y octubre, el monto a abonar será disminuido en un porcentaje del 50%.
Mediante la presentación de Declaración Jurada los permisarios podrán solicitar la exoneración total del pago, cuando no utilicen las mesas y sillas en vereda, que estuvieran autorizadas sin tarima, durante los meses mencionados en el párrafo anterior. La constatación del incumplimiento de lo declarado dará lugar a la aplicación de las medidas legales correspondientes y al cobro de la totalidad del precio por todo el período exonerado, además de la multa por el incumplimiento constatado.
Por Dto. JDM Nº 38.902 de fecha 14 de octubre de 2024, se facultó a la Intendencia de Montevideo para exonerar el cobro del canon por la colocación de mesas y sillas a los restaurantes ubicados en las peatonales y semipeatonales en el marco del programa “Late Ciudad Vieja”. A efectos de obtener y mantener el beneficio exoneratorio, las empresas deberán dar cumplimiento de las obligaciones dispuestas en el artículo 2º del Decreto mencionado.
Por Resolución 0264/25 de fecha 20 de enero de 2025, se facultó a la Intendencia de Montevideo para exonerar el cobro del canon por la colocación de mesas y sillas a los restaurantes ubicados en las peatonales y semipeatonales en el marco del programa “Late Ciudad Vieja”. A efectos de obtener y mantener el beneficio exoneratorio, las empresas deberán dar cumplimiento de las obligaciones dispuestas en el artículo 2º del Decreto mencionado.