(Cuantía). La cuantía de la Contribución por Mejoras de las obras de saneamiento, calculado de acuerdo a lo establecido en el Artículo 95, se distribuirá de la siguiente manera:
Hasta el ochenta por ciento (80%) entre todas las propiedades comprendidas en la cuenca saneada, con exclusión de las áreas correspondientes a la propiedad pública departamental, y con arreglo a la relación existente entre la medida lineal de frente de cada inmueble y su área respectiva, de tal forma que el costo por metro cuadrado de superficie represente la décima parte del costo del metro lineal de frente.
Back to top
