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A.197.6

en Tobefu

Los respectivos jefes y jerarquías deberán crear sus propios registros que permitan a los distintos funcionarios conocer los rendimientos normales y las situaciones laborales que son percibidas como perjudiciales o beneficiosas para su propio rendimiento como forma de lograr información que les permita evolucionar favorablemente para el Servicio y la atención de las obligaciones.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
197.6
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. TOBEFUVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. VIII, Art. 197.6
Fuentes
Fuente: 
num. 7
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0020.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0008.0000.0000.0000.0000.A.0197.0006.0000.0000.0000
Id: 
XX-A.197.6