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A.86

en Tobefu

Facúltase a la Intendencia de Montevideo a fijar compensaciones por quebranto de caja, en favor de los funcionarios que desempeñen tareas de manejo de fondos en el Servicio de Tesorería del Departamento de Actividades Productivas y Comerciales, y de la Categoría Funcional Recaudación de Sala de Juegos de Casinos de la División Casinos.
La compensación máxima no podrá ser superior a la establecida en favor de los funcionarios que integran la categoría I de la categorización dispuesta por el Artículo 29 del Decreto No. 17.879 de 30 de setiembre de 1976.
La Compensación será distribuída en la forma que determine la reglamentación, la cual podrá fijar categorías de acuerdo a las funciones que cumplan los beneficiarios.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
86
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. TOBEFUVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. VIII, Art. 86
Fuentes
Fuente: 
art. 130
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0020.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0008.0000.0000.0000.0000.A.0086.0000.0000.0000.0000
Id: 
XX-A.86