Responsabilidades. Cuando existan diferencias entre la rendición de cuentas realizada y el importe otorgado o por el rechazo de comprobantes no admitidos, se procederá a descontar dicha diferencia de los haberes del funcionario salvo que el interesado proceda a verter el importe correspondiente, en la Tesorería General en un plazo de 3 (tres) días a contar de la comunicación que al respecto le efectuará la Unidad Auditoría.