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D.3518

Las cabinas de proyección cinematográficas, serán construidas con materiales incombustibles y resistentes al fuego, y tendrán como dimensiones mínimas las siguientes:
a) Para un aparato: lado mínimo, dos metros; y altura mínima dos metros cuarenta centímetros.
b) Cuando la cabina contenga más de un aparato, el lado perpendicular del eje de proyección, se aumentará a razón de un metro diez centímetros por cada aparato.
Se prohíbe el uso de cabinas portátiles en toda sala de espectáculos, salvo que estén aislados de aquéllas o ubicadas fuera de la parte del establecimiento reservado a los espectadores. Estos no podrán ser ubicados a menos de dos metros de la cabina. El acceso a las cabinas será directo, cómodo e independiente de la parte destinada a los espectadores.
Los orificios de visión y protección deberán tener obturadores incombustibles y resistentes al fuego, automáticos y además se deberán poder hacer funcionar desde el interior o del exterior de la cabina, mediante dispositivos colocados en lugares accesibles.
La cabina deberá ventilarse permanentemente mediante conductos con tirajes natural o forzado. Se dispondrá en el techo, o en los muros laterales, en las proximidades de aquel, una boca de succión de seis decímetros cuadrados provista de tela metálica de protección. El equipo de ventilación deberá ser tal que produzca por lo menos un número de renovaciones por hora, del aire, igual al que resulta de dividir cincuenta por el volumen de la cabina expresado en metros cúbicos. La entrada del aire deberá efectuarse directamente desde el exterior del edificio.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
3518
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. XVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro XVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte LVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. I, Art. 3518
Fuentes
Fuente: 
art. 95
Observaciones: 
Arts. 96, 97, 98, 99.
Administrativo
Órden: 
A.0015.0000.0000.0000.0000.D.0015.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.D.3518.0000.0000.0000.0000
Id: 
XV-D.3518