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A.445.1.1

en Totid

Facultar a la Intendencia a bonificar hasta en un 80% del monto por un plazo de 24 meses de la Contribución Inmobiliaria a los predios en los que se produzca cambio de Categorización de Suelo Rural a Suelo Urbano o Sub-urbano, como consecuencia de la aplicación de las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible, o cualquier modificación o ampliación que se introduzca en los Instrumentos de Planificación y Ordenamiento Territorial. La reglamentación establecerá las condiciones de aplicación del presente beneficio. Cumplido el término, si la Intendencia considerase necesario un nuevo plazo, lo enviará a la Junta Departamental de Montevideo para su consideración.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
445.1.1
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. TOTIDVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título VIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. III, Secc. I, Grupo I, Art. 445.1.1
Fuentes
Fuente: 
art. 9
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.EEEE.0000.0000.0000.0000.E.0007.0000.0000.0000.0000.F.0003.0000.0000.0000.0000.G.0001.0000.0000.0000.0000.I.0001.0000.0000.0000.0000.A.0445.0001.0001.0000.0000