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A.336.1.1

en Totid

(Documentación). Disponer que para acceder a las bonificaciones previstas en el artículo 32 del Decreto Nº 32.265 en la redacción dada por el artículo 17 del Decreto Nº 38.513(*), las empresas deberán presentar la siguiente documentación:

a- Formulario de solicitud de bonificación de Tasa Bromatológica, el que deberá estar firmado por el titular o representante de la empresa que conste en los datos registrales del Servicio de Regulación Alimentaria de la Intendencia de Montevideo.

b- En caso que el formulario referido en el literal a) sea firmado por un/a apoderado/a deberá acreditar en forma dicha calidad mediante certificado notarial.

c- Copia de la cédula de identidad de quién firma el formulario de solicitud.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
336.1.1
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Notas: 

(*) Artículo 336 del TOTID.

Fuentes
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
art. 1º de la reglamentación.
Administrativo
Órden: 
A.EEEE.0000.0000.0000.0000.E.0007.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.G.0005.0000.0000.0000.0000.A.0336.0001.0001.0000.0000