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Digesto

D.223.55

Planes Sectoriales. Son los planes que desarrollan un tema o aspecto específico dentro de las estructuras y los sistemas del territorio departamental.

D.223.401

Fabricación de sustancias químicas y de productos químicos.

D.223.315

Por su grado de saturación.

D.223.350

Edificios destinados a industria.

D.223.396

Silvicultura o Forestación. Se entiende por silvicultura o forestación la explotación de especies arbóreas o de otros recursos vegetales con destino comercial.
No se admite esta actividad en Suelo Rural de uso preferente Ambiental.

D.223.289

Factor de Impermeabilización del suelo (FIS). Se entiende por Factor de Impermeabilización del Suelo, (FIS), el porcentaje de la superficie total del predio que puede recubrirse con materiales impermeables, y se encuentra graficado en la cartografía correspondiente.

D.223.301.13

Punta Yeguas.
Condiciones de ocupación.
En cuanto a alturas, retiros, FOS y FIS rigen las condiciones generales establecidas en estas normas y lo graficado en los planos correspondientes.
Uso preferente: El agrario.

D.223.301.14

Punta del Canario.
Condiciones de ocupación.
En cuanto a alturas, retiros, FOS y FIS rigen las condiciones generales establecidas en estas normas y lo graficado en los planos correspondientes.
Uso preferente: El agrario.

D.223.243

Documentación. La documentación a presentar será la necesaria a efectos de expresar claramente las obras propuestas, la preservación de los valores testimoniales y su adecuada integración y armonización con el entorno correspondiente.

D.223.210.1

De acuerdo con el Plan Especial Arroyo Miguelete de Agosto de 2002, se dispone que los predios frentistas a la Rambla Costanera margen izquierda del arroyo Miguelete entre las calles Elba Y Santa Ana rige:
Alturas. La altura máxima admitida es de 13,50 metros.

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