Las personas que atiendan puestos en las ferias deberán, al finalizar las ventas, barrer el suelo ocupado y sus adyacencias en una extensión de dos metros, depositando el producto del barrido en recipientes que se colocarán al efecto en cada cuadra.
Digesto
D.1870
Queda prohibida la venta de fruta fresca que no reúna las condiciones establecidas por el artículo D.1382.
D.1829.4
A quien se conceda la autorización de que se trata, le será otorgada una chapa con el número de orden que corresponda.
D.1824
Quedan comprendidas dentro de la zonas prohibitivas las dos aceras de las calles indicadas como límites de los radios respectivos.
D.1776.2
Champignon. Es el hongo de cultivo correspondiente a la especie Agaricus campestris (Psalliota).
D.1773.11
Los helados crema tendrán la siguiente composición básica:
D.1769.34
En la rotulación de vinos, además de los requisitos generales, debe figurar el contenido alcohólico expresado en º G.L., en la unidad entera más cercana.
D.1769.22
Podrá agregarse al mosto y al vino los aditivos que se detallan en la lista positiva de aditivos de este título.
D.1767.14
La rotulación del agua mineralizada, debe cumplir con los requisitos generales de rotulación incluyendo las sustancias minerales agregadas en la lista de ingredientes.
D.1774.81
En la propaganda de estos alimentos deberá figurar las mismas advertencias específicas mencionadas en el artículo D.1774.80.
