Suelo Rural de Interfase (SRI).- El Suelo Rural de Interfase se compone de áreas del territorio de Suelo Rural con alta vulnerabilidad ante la expansión de los procesos urbanizadores en sus distintas manifestaciones, encontrándose el uso productivo rural tradicional en fuerte dec
Digesto
D.187
Suelo Rural Productivo (SRP).- El Suelo Rural Productivo se compone de áreas cuyo destino principal es la actividad agraria, pecuaria, forestal o similar, minera o extractiva, o las que los instrumentos de ordenamiento territorial establezcan para asegurar la disponibilidad de su
D.186
Suelo Rural Natural (SRN).- El Suelo Rural Natural se compone de áreas de territorio protegido con el fin de mantener el medio natural, la biodiversidad o proteger el paisaje u otros valores patrimoniales, ambientales o espaciales.
D.221
Declarar como determinaciones no sustanciales (artículo 29º inciso final Ley Nº 18.308 del 18 de junio de 2008) los ajustes que, sin desnaturalizar las disposiciones de las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territoria
D.220
Seguimiento, control, evaluación y monitoreo ciudadano- Cometer a los Órganos de Seguimiento del Plan Montevideo previstos en el Título II De los Instrumentos de Desarrollo y Seguimiento del Plan (Dec
D.219
Vigencia y revisión- Las Directrices Departamentales tendrán vigencia mientras no se apruebe otro Instrumento de Ordenamiento Territorial que lo sustituya.
D.185
Quedan establecidas como subcategorías dentro del suelo rural, las siguientes:
1- Suelo Rural Natural
2- Suelo Rural Productivo
3- Suelo Rural de Interfase
4- Suelo Rural de Interfase Costero.
D.184
El Suelo Categoría Rural se integra con los sectores de territorio definidos como tales por este instrumento, en atención a sus valores agrícolas, ecológicos, paisajísticos, riqueza productiva, así como por sus características naturales y ambientales.
D.217
Centro.- El centro tradicional de Montevideo, incluyendo Ciudad Vieja y la zona céntrica que se desarrolla en torno al eje de la avenida 18 de Julio hasta Tres Cruces, se señala como territorio estratégico para Montevideo como respuesta a su condición de Capital.
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