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Digesto

R.508

 La División Tránsito y Transporte controlará el cumplimiento de las disposiciones de esta Sección.

R.433.21.6

Se podrá utilizar todo tipo de material liviano, siempre que el mismo no ofrezca peligro a la seguridad de personas y/o bienes.

Se podrán colocar elementos autoadhesivos en las superficies verticales lateral y posterior, incluyendo las ventanillas, con las siguientes limitaciones:

D.902.1

Facúltase a la Intendencia de Montevideo a aplicar el Reglamento Bromatológico Nacional, sin perjuicio de las excepciones y las normas complementarias y reglamentarias que al respecto el/la Intendente/a disponga.

D.728

Los animales que circulen por la calzada deberán ser mantenidos cerca del borde derecho de la misma.

D.881

La Comisión designará cada año de entre sus miembros las persona que la presidirá durante ese lapso.

En los tres meses siguientes a su instalación esta Comisión reglamentará su funcionamiento.

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