Back to top
Digesto
R.423.1.14
Encomiéndase al Servicio de Salud y Seguridad Ocupacional las tareas educativas tendientes a la erradicación del tabaquismo en los funcionarios de la Intendencia.
R.423.1.13
La imposición de las sanciones preceptuadas en el artículo precedente deberá hacerse en todos los casos con la debida fundamentación.
R.423.1.12
Los Directores Generales de Departamento, Directores de División, Contador General, Directores de Servicios, Alcaldes y todos los funcionarios comprendidos en el Escalafón de Conducción con personal a cargo, cuando comprueben por primera vez el consumo de tabaco por parte de algún funcionario en
Páginas
