Operaciones de sustitución
Digesto
D.223.272.37.7
D.223.272.37.6
Actuaciones sobre bienes de interés patrimonial o linderos.
D.223.272.37.5
Forma de medir los retiros laterales en predios irregulares.
Cuando se trate de predios de forma irregular, se tomará como ancho del predio a efectos del cálculo de retiros laterales, el existente en la alineación oficial del mismo.
D.223.272.37.4
Edificación colectiva (tres o más unidades)
D.223.272.37.2
Tratamiento de retiro frontal
Además de las condiciones generales vigentes para el tratamiento del retiro frontal se establecen algunas particulares para el área caracterizada de Carrasco y Punta Gorda:
D.223.272.37.1
Retiros frontales
El retiro frontal para todas las áreas, zonas, sub-zonas y sectores, será de 7 metros, a excepción de las calles o predios que se mencionan a continuación, en concordancia con el plano correspondiente de la Memoria de Ordenación:
D.223.272.37
Protección Patrimonial. En el Área de Régimen Patrimonial de Carrasco y Punta Gorda se definen escalas de evaluación relativas a lo arquitectónico, a los espacios abiertos públicos y privados, a la presencia del verde, y a las relaciones entre ellos.
D.223.272.36.4
Vías con normativa particular.
RAFAEL BARRADAS
La Sub-zona especial Rafael Barradas abarca:
Los predios frentistas a la calle Rafael Barradas desde Rambla Tomás Berreta hasta Avenida Italia.
Determinaciones
D.223.272.36.3
ÁREA 3 – Carrasco y Punta Gorda
Abarca la zona comprendida entre las calles:
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