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Digesto

R.103.6

Cometer al Director de los Servicios de Salubridad la extensión y expedición de los testimonios que soliciten los particulares, en los casos siguientes:

a) autorizaciones para la recolección de restos alimenticios; 

R.103.5

El testimonio a expedirse deberá mencionar a continuación del "Concuerda" el nombre del profesional solicitante y la mención del juicio  o actuación administrativa para el cual la solicitó.

R.103.2

El cumplimiento a lo determinado por el artículo 34 de la Ley No.

R.103.4

Los testimonios de documentos o actuaciones administrativas reservados, incluidos los informes o dictámenes de asesoramiento, no podrán expedirse en ningún caso sin autorización expresa del Intendente Municipal.

R.103.1

La expedición de los testimonios de actuaciones finalizadas que sean solicitadas por los propios interesados titulares de los respectivos expedientes, o por sus apoderados en legal forma, será autorizada por el señor Secretario General o por los señores Directores Generales de los diversos Depart

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